CO CO
CO CO
US US
CR CR
PA PA
GR GR
EC EC

¿Cómo hacer los aportes de seguridad social de una empresa en crecimiento?

7m de lectura

La seguridad social es un tema importante para cualquier empresa en Colombia, más aún si está en crecimiento, pues si no se cumple con los requerimientos se pueden generar sanciones y multas.

En 2026 las exoneraciones de aportes en salud y parafiscales siguen vigentes, pero su aplicación depende del tipo de empleador y del salario de cada trabajador, por lo que es clave entender bien las reglas para no cometer errores en la PILA.

Por eso, en este blog hablaremos sobre los aportes de seguridad social que una empresa pequeña debe hacer, así como las excepciones que existen para que sepas cómo actuar según la normatividad laboral.

Aportes y porcentajes que debes pagar por tus colaboradores

Para empezar, es importante recordar que la seguridad social en Colombia tiene tres componentes: salud, pensión y riesgos laborales. Cada una de estas áreas tiene un porcentaje de aporte que se debe hacer sobre el salario de los colaboradores.

Para la salud, como empleador debes aportar el 8,5% del salario del colaborador. Igualmente, el trabajador asume el 4%, por lo que a la hora de calcular la nómina se le debe deducir este valor. Ten en cuenta que es el colaborador quien debe escoger su EPS y tú eres el responsable de afiliarlo y hacer el pago mensual del 12,5%.

En el caso de los aportes a seguridad social para pensión, el valor a pagar es de 16% del salario de cada colaborador. Para lo cual, como empleador te corresponde aportar el 12% y descontar el 4% al personal de la empresa. En este caso, también es el colaborador quien escoge su fondo de pensiones, pero tú debes reportar la afiliación cuando ingrese a laborar en tu compañía y desafiliarlo cuando termine su contrato laboral.

En cuanto a los riesgos laborales, los aportes del empleador a la seguridad social por este concepto varían dependiendo del tipo de actividad que realice el personal. Es tu responsabilidad elegir la ARL y hacer el pago total del porcentaje asignado según el riesgo, los cuales van desde 0.522% en categoría I, hasta 6.960% en categoría VI.

Exoneraciones y cuándo aplican

Así como es un requisito afiliar y pagar mes a mes los aportes de seguridad social, existe una exoneración que puede beneficiar a tu negocio si cumples las condiciones. En 2026, las sociedades y personas jurídicas contribuyentes del impuesto de renta, así como algunas personas naturales empleadoras, están exoneradas de pagar el 8,5% de salud y los aportes al SENA y al ICBF por los trabajadores que devenguen individualmente menos de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Esto quiere decir que, para esos trabajadores, del 12,5% de salud solo se paga el 4% que se les descuenta a ellos, mientras que para quienes ganan 10 salarios mínimos o más la empresa debe asumir el 8,5% completo. Es importante tener en cuenta que el aporte del 4% a las cajas de compensación familiar nunca está exonerado y debe pagarse por todos los trabajadores vinculados

Otra excepción de aportes del empleador a la seguridad social se da cuando tienes personal independiente, con contrato por prestación de servicios. En ese caso, el trabajador es quien debe afiliarse a salud, pensión y ARL y es el responsable de pagar su planilla mes a mes.

Para los trabajadores independientes, el ingreso base de cotización no puede ser inferior a un salario mínimo ni a la base que resulte de aplicar el 40% de sus ingresos, según la normativa vigente. Sin embargo, si es un contratista, tú lo afilias a la aseguradora de riesgos laborales, pero él debe hacer sus aportes según la categoría que aplique a la actividad que desempeñe.

Recuerda que, además de salud, pensión y riesgos laborales, tu empresa puede estar obligada a hacer aportes parafiscales al SENA, al ICBF y a las cajas de compensación familiar. En 2026 ciertas empresas están exoneradas del pago al SENA y al ICBF por los trabajadores que ganan menos de diez salarios mínimos, pero el aporte del 4% a cajas de compensación se mantiene obligatorio para todos.

Calcula los aportes de seguridad social de forma sencilla y rápida

Es fundamental que tu empresa cumpla con todos los aportes del empleador a la seguridad social. Para ello, cada mes debes hacer los pagos y reportar las novedades, como afiliación y retiro, por medio de los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para evitar posibles sanciones y multas. Así mismo, debes registrarte como empresa ante las entidades de EPS, ARL y pensiones y diligenciar los formularios de afiliación cuando corresponda.

Todo esto implica una serie de procesos que requieren precisión y cumplimiento oportuno. Para facilitar estos trámites y ayudarte a tener una gestión eficiente está nuestro software de nómina para pymes, una herramienta tecnológica que digitaliza tus procesos. Esta solución te ayudará a calcular y liquidar la nómina de tu empresa en crecimiento de forma automática y exacta, permitiendo que ahorres tiempo y dinero.

Además, el software calcula los aportes de seguridad social y te ayuda a gestionar de forma rápida y fácil el proceso de pago al operador de PILA. De igual forma, la herramienta genera la nómina electrónica que te exige la DIAN mes a mes y te permite descargar informes de ley para evitar inconvenientes legales y cumplir con todos los requerimientos laborales. Contáctanos en cualquiera de nuestros canales digitales y conoce cómo nuestra solución puede hacer más eficiente tu negocio y ayudarlo a crecer.


Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los aportes de seguridad social que debe hacer una pyme en Colombia?

Toda pyme que tenga empleados vinculados mediante contrato de trabajo debe aportar a salud, pensión y riesgos laborales por cada uno de ellos, además de los aportes parafiscales que correspondan. Estos pagos se realizan mensualmente a través de la planilla PILA, tomando como base el salario y los factores salariales de cada trabajador.

¿Cuánto se paga de salud y pensión por los empleados en 2026?

En 2026 se aporta el 12,5% del ingreso base de cotización a salud, de los cuales la empresa paga el 8,5% y el trabajador el 4%. Para pensión, el aporte total es del 16%, distribuido en 12% a cargo del empleador y 4% a cargo del trabajador, salvo cuando se trate de independientes que asumen la totalidad del porcentaje.

¿Cómo funcionan los aportes a riesgos laborales (ARL) en una pyme?

Los aportes a riesgos laborales dependen de la clase de riesgo en la que se encuentre la actividad del trabajador. La empresa elige la ARL y asume el 100% del aporte, que va desde un 0,522% en el nivel de riesgo I hasta un 6,96% en el nivel de riesgo V, calculado sobre el ingreso base de cotización.

¿Qué empresas están exoneradas del 8,5% de salud y de algunos aportes parafiscales?

Las sociedades y personas jurídicas contribuyentes de renta, y ciertas personas naturales empleadoras, están exoneradas del pago del 8,5% de salud y de los aportes al SENA y al ICBF por los trabajadores que devenguen menos de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta exoneración no aplica para quienes ganan 10 mínimos o más, ni libera del aporte del 4% a las cajas de compensación familiar.

¿Los empleados siguen pagando su 4% de salud aunque haya exoneración?

Sí. La exoneración solo aplica a la parte del empleador en salud y a ciertos aportes parafiscales, pero el trabajador siempre debe aportar el 4% de su ingreso a salud. Este descuento es obligatorio y la empresa debe retenerlo en nómina y pagarlo mensualmente a través de la PILA.

¿Quién paga la seguridad social cuando se contratan independientes por prestación de servicios?

Cuando se vinculan trabajadores independientes mediante contratos de prestación de servicios, ellos mismos deben afiliarse a salud, pensión y riesgos laborales y pagar sus aportes mes a mes, con un ingreso base de cotización que no puede ser inferior a un salario mínimo ni al 40% de sus ingresos. Si es un contratista de alto riesgo, la empresa puede estar obligada a afiliarlo a la ARL.

¿Qué pasa si mi pyme no paga correctamente la seguridad social?

El incumplimiento en el pago de seguridad social puede generar intereses de mora, sanciones económicas, glosas en auditorías de la UGPP y la DIAN y, en casos graves, procesos administrativos o judiciales. Además, afecta directamente la protección de tus trabajadores frente a salud, pensión y riesgos laborales.

¿Cómo puede un software de nómina ayudar a calcular y pagar aportes de seguridad social?

Un buen software de nómina calcula automáticamente los aportes de seguridad social y parafiscales según el salario, el tipo de trabajador y las exoneraciones aplicables, genera los archivos para la PILA y se integra con la nómina electrónica. Esto reduce errores, ahorra tiempo y te ayuda a mantener tu pyme al día con todas las obligaciones legales