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Cómo liquidar a una empleada doméstica en Colombia: Salario, prestaciones y seguridad social en 2026

13m de lectura

Tener empleada doméstica en casa implica obligaciones legales concretas, y desde agosto de 2026 esas obligaciones son verificables. El Decreto 0993 del 4 de agosto de 2026 reglamentó el trabajo doméstico remunerado en Colombia y creó un protocolo oficial para que el Ministerio del Trabajo pueda comprobar si los empleadores están cumpliendo con listas de chequeo, visitas y sanciones para quienes no estén en regla. 

En este artículo encontrarás cuánto se le paga a una empleada doméstica por día en 2026, qué prestaciones le corresponden, cómo afiliarla a seguridad social y qué exige el contrato escrito. En esta breve lectura, te ayudaremos a entender qué debes pagar, cómo hacerlo correctamente y qué consecuencias tiene no cumplir.  

Qué cambió con el Decreto 0993 de 2026 para quienes contratan empleada doméstica 

El Decreto 0993 de 2026 no inventó las obligaciones que tiene un empleador del hogar, esas ya existían, lo que hizo fue reglamentarlas en detalle y crear los mecanismos para verificar que se cumplan. Antes, muchos hogares operaban en la informalidad sin consecuencias inmediatas, ahora el Ministerio del Trabajo tiene un protocolo oficial de inspección que puede activarse a partir de una queja de la trabajadora o de una visita de seguimiento al sector. 

Los tres cambios que más impactan al empleador del hogar son estos:  

  1. el contrato escrito dejó de ser opcional y es el primer documento que pide el inspector, 
  2. el registro en la planilla PILA es obligatorio desde el primer día de trabajo, 
  3. y la trabajadora tiene derecho a las mismas prestaciones sociales que cualquier empleado dependiente, incluyendo prima, cesantías, vacaciones e intereses sobre cesantías. 

Cuánto se le paga a una empleada doméstica por día en Colombia en 2026 

El salario de una empleada doméstica no puede ser inferior al salario mínimo legal vigente ni a su proporcional según los días trabajados. Para 2026, el salario mínimo es $1.750.905 mensuales, más el auxilio de transporte de $249.095 cuando la trabajadora no recibe alimentación y alojamiento del empleador. 

Para calcular cuánto se le paga a una empleada doméstica por día, el punto de partida es dividir el salario mínimo entre 30: 

Valor diario base 2026: $1.750.905 ÷ 30 = $58.363 por día 

Desde el 15 de julio de 2026, la jornada laboral máxima se redujo de 48 a 42 horas semanales, eso significa que el valor de la hora ordinaria aumentó, porque ahora se trabajan menos horas por el mismo salario mensual.

El cálculo actualizado es: Valor hora ordinaria 2026: $1.750.905 ÷ (42 horas × 4,33 semanas) = $10.442 por hora 

Si la trabajadora labora menos horas que la jornada máxima, su remuneración es proporcional a las horas efectivamente trabajadas, sin que pueda ser inferior al valor hora calculado sobre el salario mínimo. 

¿Qué pasa si la trabajadora labora en varios hogares? 

Es una situación frecuente, una trabajadora que va lunes a casa de una familia, martes y jueves a otra, y así. En ese caso, cada empleador paga proporcionalmente a los días trabajados en su hogar y cada uno asume por separado las obligaciones de seguridad social y prestaciones sociales correspondientes a esos días. No existe un empleador principal, todos son responsables por igual de los días que les corresponden. 

Simulación: Qué le corresponde a una trabajadora que gana $80.000 por día 

Supongamos que tu trabajadora va a tu casa tres días a la semana, lunes, miércoles y viernes y le pagas $80.000 por día. En un mes de cuatro semanas trabaja 12 días. Así se ve la liquidación completa: 

Salario del mes: 12 días × $80.000 = $960.000 

Como su salario mensual es inferior al salario mínimo de $1.750.905, no aplica el auxilio de transporte. 

Aportes a seguridad social del mes: La base de cotización es proporcional a los 12 días trabajados 

Subsistema Base Tarifa empleador Valor empleador Tarifa trabajadora Valor trabajadora 
Salud $960.000 8,5% $81.600 4% $38.400 
Pensión $960.000 12% $115.200 4% $38.400 
ARL Clase I $960.000 0,522% $5.011 — — 
Caja CCF $960.000 4% $38.400 — — 
Total aportes   $240.211  $76.800 

Lo que descuentas a la trabajadora: $76.800 de su salario mensual. 

Ella recibe en mano: $960.000 − $76.800 = $883.200. 

Provisiones mensuales de prestaciones: Estas no se pagan cada mes a la trabajadora, pero sí debes provisionar, es decir, separar, ese dinero para cuando corresponda: 

Prestación Cálculo Valor mensual a provisionar 
Prima de servicios $960.000 × 8,33% $79.968 
Cesantías $960.000 × 8,33% $79.968 
Intereses sobre cesantías Cesantías × 1% mensual $800 
Vacaciones $960.000 × 4,17% $40.032 
Total provisiones  $200.768 

Dicho de otra forma, por cada $80.000 que le pagas por día, el costo real para ti como empleador es aproximadamente $116.748 por día cuando sumas aportes y provisiones. Eso no significa que debas pagarle más de $80.000 a ella directamente, significa que ese es el costo total que debes presupuestar para cumplir con todas tus obligaciones legales. 

Prestaciones sociales que le corresponden a una empleada doméstica por días 

Las trabajadoras domésticas tienen derecho a todas las prestaciones sociales, incluyendo quienes trabajan por días o pocas horas a la semana. El Decreto 0993 de 2026 lo confirma expresamente y el inspector del Ministerio del Trabajo verifica su pago en cada visita. 

Prima de servicios 

Equivale a 15 días de salario por semestre trabajado. Para una trabajadora por días, se calcula sobre el salario proporcional a los días efectivamente trabajados durante el semestre. Con el SMLV 2026, una trabajadora de tiempo completo recibe $875.452 de prima en junio y otro tanto en diciembre. Para quien trabaja tres días a la semana, el cálculo es proporcional a esos días. 

Cesantías 

Equivalen a un mes de salario por año trabajado, también proporcionales al tiempo laborado. Se consignan antes del 15 de febrero de cada año en el fondo de cesantías que elija la trabajadora. 

Intereses sobre cesantías 

El 12% anual sobre el saldo de cesantías acumulado, se pagan directamente a la trabajadora antes del 31 de enero de cada año. 

Vacaciones 

15 días hábiles por año de trabajo, o proporcionales al tiempo laborado si el contrato termina antes de completar el año. 

No pagar prestaciones sociales proporcionales a una trabajadora por días es uno de los incumplimientos más frecuentes que detecta el inspector del Ministerio del Trabajo, y también uno de los que genera mayor pasivo laboral acumulado para el empleador. 

¿Tienes más de una trabajadora doméstica o gestionas esto desde una empresa? Ver obligaciones de nómina para empleadores corporativos 

Cómo afiliar a una empleada doméstica a seguridad social y pagar en PILA 

La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, es el sistema mediante el cual los empleadores pagan los aportes a seguridad social de sus trabajadores. El Decreto 0993 de 2026 exige que toda trabajadora doméstica esté registrada en PILA desde el primer día de trabajo, independientemente de si trabaja tiempo completo, medio tiempo o por días. 

Los cuatro subsistemas obligatorios son salud, pensión, ARL y caja de compensación familiar. Los porcentajes que paga el empleador sobre el salario de la trabajadora son: 

Subsistema Aporte empleador Aporte trabajadora 
Salud 8,5% 4% 
Pensión 12% 4% 
ARL (Clase I) 0,522% — 
Caja de compensación 4% — 

Un punto que muchos empleadores desconocen es que la trabajadora tiene derecho a elegir su EPS y su fondo de pensiones. El empleador no puede imponerle la entidad, solo registrarla en la que ella elija. 

Otra práctica frecuente en el trabajo doméstico por días es acordar un pago mayor “todo incluido”, por ejemplo, $80.000 o $100.000 diarios, con el argumento de que la trabajadora gestiona sola su seguridad social. Ese acuerdo no tiene validez legal.  

El Decreto 0993 de 2026 es explícito, la afiliación a PILA es una obligación del empleador, no de la trabajadora, y no puede trasladarse contractualmente ni compensarse con un pago mayor. Si el inspector detecta que la trabajadora no está afiliada, el responsable eres tú como empleador, independientemente de lo que hayan acordado. Además, si la trabajadora sufre un accidente en tu hogar y no está afiliada a ARL, la responsabilidad económica por la atención médica y la incapacidad recae directamente sobre el empleador. 

Qué pasa si la trabajadora viene de una situación de vulnerabilidad 

Si la trabajadora pertenece a una familia en situación de pobreza o vulnerabilidad y estaba afiliada al régimen subsidiado de salud, puede permanecer en ese régimen durante los primeros seis meses de formalización. Eso no te exime de afiliarla a pensión, ARL y caja, esos aportes siguen siendo obligatorios desde el primer día. 

El contrato de trabajo escrito: Qué debe incluir y por qué ya no es opcional 

El Decreto 0993 de 2026 exige contrato de trabajo escrito para toda trabajadora doméstica, sin excepción. No importa si trabaja un día a la semana o de lunes a viernes, el contrato debe existir, debe estar firmado por ambas partes y debe estar disponible para mostrárselo al inspector si este lo solicita. 

El Ministerio del Trabajo tiene una minuta de contrato disponible en su página web y en el manual de autoinspección del decreto. Los elementos mínimos que debe incluir son:  

  1. nombre e identificación de las partes,  
  2. tipo de trabajo y funciones,  
  3. lugar donde se presta el servicio,  
  4. jornada y horario,  
  5. salario y forma de pago,  
  6. y fecha de inicio de la relación laboral. 

El contrato debe firmarse antes del primer día de trabajo, no después. Firmarlo retroactivamente es una práctica que el inspector puede detectar y que no subsana el incumplimiento de haber empezado sin contrato. 

Un punto que genera muchas dudas: pagar en efectivo no es ilegal, pero sin un recibo firmado por la trabajadora que acredite el pago, el empleador no tiene cómo demostrar que cumplió.  

Si la trabajadora denuncia falta de pago o reclama salarios adeudados ante el Ministerio del Trabajo o un juez laboral, la carga de la prueba recae sobre el empleador. Sin recibo, sin transferencia bancaria ni ningún otro soporte, el juez puede presumir que el pago no se realizó, aunque sí se haya hecho. El riesgo no está en pagar en efectivo sino en no dejar registro de ese pago. Un recibo simple con fecha, valor, período y firma de la trabajadora es suficiente para protegerte. 

Qué puede pasar si no cumples con estas obligaciones con tu empleada doméstica 

El Decreto 0993 de 2026 habilitó al Ministerio del Trabajo para verificar el cumplimiento de estas obligaciones mediante visitas de inspección, que pueden activarse a partir de una queja de la trabajadora o de oficio. El inspector llega en equipo de mínimo dos funcionarios identificados con carné oficial, chaleco institucional y código QR de verificación, levanta un acta detallada de lo que encuentra y entrega copia a ambas partes. 

Si en la visita se detectan incumplimientos, las consecuencias son concretas: 

  • Requerimiento inmediato. El inspector puede ordenar en el acta de visita que el empleador corrija la situación en un plazo determinado. Si no cumple, puede imponer sanciones económicas bajo los artículos 485 y 486 del Código Sustantivo del Trabajo. 
  • Pasivo laboral acumulado. Si la trabajadora nunca estuvo afiliada a seguridad social o no le pagaron prestaciones, el empleador debe pagar todo lo adeudado desde el inicio de la relación laboral, con intereses de mora. Ese pasivo puede ser significativo si la relación lleva años. 
  • Demanda laboral. Una trabajadora doméstica puede demandar ante un juez laboral el pago de todo lo que no recibió. La carga de la prueba en muchos casos recae sobre el empleador, si no tiene contrato escrito ni recibos de pago, le resulta difícil demostrar que sí cumplió. 
  • Investigación por trabajo forzoso o infantil. Si en la visita se detectan indicios de trabajo forzoso, retención de documentos, restricción de movimientos o trabajo de menores de 18 años en el hogar, el inspector puede actuar en conjunto con la Policía Nacional, el ICBF y la Fiscalía General de la Nación. 

Un checklist para estar al día con el Decreto 0993 de 2026 

  1. Firma el contrato de trabajo escrito antes del primer día de trabajo, con todos los elementos mínimos que exige el decreto. 
  2. Afilia a tu trabajadora a salud, pensión, ARL y caja de compensación desde el primer día, respetando su elección de EPS y fondo de pensiones. 
  3. Registra y paga los aportes en PILA cada mes, proporcionales a los días efectivamente trabajados si es por días. 
  4. Paga el salario proporcional a los días trabajados, sin que sea inferior al valor diario calculado sobre el salario mínimo de 2026. 
  5. Actualiza el valor de la hora ordinaria con la nueva jornada de 42 horas semanales vigente desde el 15 de julio de 2026. 
  6. Provisiona y paga las prestaciones sociales: prima en junio y diciembre, cesantías antes del 15 de febrero, intereses sobre cesantías antes del 31 de enero. 
  7. Guarda los recibos de pago y los comprobantes de aportes a PILA — son la evidencia que necesitas si hay una visita del inspector. 

Cumplir no es complicado, es saber exactamente qué corresponde 

La mayoría de empleadores del hogar no incumplen por mala fe, incumplen porque no saben exactamente qué les corresponde pagar ni cómo hacerlo. El Decreto 0993 de 2026 cambió el escenario: ahora hay un marco claro, un inspector que puede verificarlo y consecuencias concretas para quien no esté en regla. 

Si tienes dudas sobre cómo calcular la liquidación de tu trabajadora doméstica por días, el Ministerio del Trabajo pone a disposición de los empleadores un manual de autoinspección con guías de afiliación, liquidación de prestaciones y minuta de contrato, disponible en su página web institucional. 

Y si gestionas esto desde una empresa o tienes más de una trabajadora doméstica en tu plantilla, las obligaciones de nómina son más detalladas. Puedes consultar cómo el Decreto 0993 impacta la nómina empresarial en nuestro artículo sobre obligaciones de nómina para empresas con trabajadores domésticos en su plantilla. 


Preguntas frecuentes sobre la liquidación de empleada doméstica por días en Colombia 


¿Cuánto se le paga a una empleada doméstica por día en Colombia en 2026? 

El valor diario base es $58.363, calculado dividiendo el salario mínimo de $1.750.905 entre 30. Si la trabajadora labora por horas, el valor de la hora ordinaria es $10.442 desde la reducción de jornada a 42 horas semanales vigente desde el 15 de julio de 2026. 

¿Las trabajadoras domésticas por días tienen derecho a prestaciones sociales? 

Sí. Prima de servicios, cesantías, intereses sobre cesantías y vacaciones son obligatorias y proporcionales al tiempo efectivamente trabajado. No importa si trabaja uno o cinco días a la semana — las prestaciones son un derecho que no puede negociarse ni eliminarse. 

¿Es obligatorio el contrato escrito para empleada doméstica? 

Sí. El Decreto 0993 de 2026 lo exige expresamente para todas las trabajadoras domésticas, independientemente de la modalidad. Debe firmarse antes del primer día de trabajo y contener como mínimo las funciones, el salario, la jornada y la fecha de inicio. 

¿Qué subsistemas de seguridad social debo pagar para una empleada doméstica por días? 

Salud, pensión, ARL y caja de compensación familiar, proporcionales al tiempo trabajado. Los aportes se registran mensualmente en PILA. La trabajadora tiene derecho a elegir su EPS y fondo de pensiones, el empleador no puede imponerle la entidad. 

¿El Ministerio del Trabajo puede visitar mi casa para verificar el cumplimiento? 

Sí. El Decreto 0993 de 2026 reglamenta la inspección laboral en hogares, adaptando el Convenio 189 de la OIT. El inspector llega en equipo de mínimo dos funcionarios identificados con carné oficial y puede solicitar contrato, recibos de pago, comprobantes de PILA y certificados de afiliación a seguridad social. 

¿Qué pasa si no afilio a mi empleada doméstica a seguridad social? 

 El empleador queda obligado a pagar retroactivamente todos los aportes no realizados desde el inicio de la relación laboral, con intereses de mora. Adicionalmente, la trabajadora puede demandar ante un juez laboral el pago de todo lo adeudado, y el Ministerio del Trabajo puede imponer sanciones económicas bajo el artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo. 

¿Cuánto cuesta tener una empleada doméstica de tiempo completo en Colombia en 2026? 

Con el salario mínimo de $1.750.905 más el auxilio de transporte de $249.095, el costo mensual aproximado incluyendo los aportes del empleador a seguridad social es cercano a $2.438.000. A eso se suman las provisiones mensuales de prestaciones sociales, prima, cesantías e intereses, que representan aproximadamente un 21,83% adicional del salario mensual.