Cálculo de vacaciones 2026 en Colombia: Fórmula, días hábiles y liquidación
El cálculo de vacaciones en Colombia parte de una regla fija: 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de servicio, que equivalen a 1,25 días por mes trabajado, con el salario mínimo de 2026, un año completo de vacaciones vale $875.453.
Los errores aparecen en tres cálculos que suelen mezclarse, como cuántos días ha causado el trabajador, cuántos días de calendario ocupa su descanso según la jornada y los festivos, y con qué salario se pagan. Un saldo mal llevado se descubre tarde, casi siempre en el retiro o en una reclamación, cuando corregirlo cuesta más.
En esta guía reunimos la tabla de días y valor con salario mínimo, las fórmulas de cada cálculo, un ejemplo paso a paso, el conteo de días hábiles según la jornada, la forma de pago y los aportes, la base con salario variable, el pago en dinero y la acumulación, las vacaciones colectivas, las ausencias que afectan el saldo, la liquidación al retiro y a provisión mensual.
Los días causados se calculan con días trabajados × 15 ÷ 360 y su valor con salario × días trabajados ÷ 720. Con salario mínimo de 2026, un año completo equivale a $875.453.
Vacaciones 2026 con salario mínimo por tiempo trabajado
Con el salario mínimo de $1.750.905, cada día de vacaciones vale $58.364. La tabla muestra cuántos días hábiles se causan según el tiempo trabajado y cuánto valen si se compensan en dinero.
| Tiempo trabajado | Días trabajados | Días hábiles causados | Valor con salario mínimo |
|---|---|---|---|
| 1 mes | 30 | 1,25 | $72.954 |
| 3 meses | 90 | 3,75 | $218.863 |
| 6 meses | 180 | 7,5 | $437.726 |
| 8 meses | 240 | 10 | $583.635 |
| 9 meses | 270 | 11,25 | $656.589 |
| 10 meses | 300 | 12,5 | $729.544 |
| 12 meses | 360 | 15 | $875.453 |
| Salario mensual | Valor de un día | Valor de 15 días |
|---|---|---|
| $1.750.905 (1 SMMLV) | $58.364 | $875.453 |
| $2.000.000 | $66.667 | $1.000.000 |
| $2.500.000 | $83.333 | $1.250.000 |
| $3.000.000 | $100.000 | $1.500.000 |
| $4.000.000 | $133.333 | $2.000.000 |
| $5.000.000 | $166.667 | $2.500.000 |
Las cifras parten del Decreto 1469 de 2025, que fijó el salario mínimo de 2026 y sigue vigente. El Consejo de Estado revocó en julio de 2026 la suspensión provisional que pesaba sobre el decreto, y el proceso de nulidad continúa hasta una sentencia de fondo. Puedes revisar el detalle del salario mínimo 2026 y auxilio de transporte en nuestra guía sobre el salario mínimo en Colombia.
Cuántos días de vacaciones por año da la ley en Colombia
El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo reconoce a todo trabajador que haya prestado servicios durante un año 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas. Su finalidad es el descanso real, y por eso el pago en dinero y la acumulación quedan como excepciones con límites precisos.
El derecho cubre a cualquier trabajador con contrato laboral, la Ley 2466 de 2025, en el parágrafo 1 de su artículo 6, dejó expreso que en los contratos a término fijo y de obra o labor las vacaciones se pagan en proporción al tiempo laborado, cualquiera que sea su duración. Hay dos grupos con reglas propias:
- Trabajadores contra la tuberculosis y de rayos X: Los profesionales y ayudantes de establecimientos privados dedicados a la lucha contra la tuberculosis y quienes aplican rayos X causan 15 días hábiles por cada seis meses de servicio (art. 186 del CST).
- Servidores públicos: Los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen su propio régimen, con prima de vacaciones incluida, en el Decreto Ley 1045 de 1978. Ampliaremos más de esto en otra guía.
Las vacaciones tienen naturaleza de descanso remunerado, razón por la que el CST las regula aparte de la prima, las cesantías y sus intereses. Si quieres ver cómo se liquidan esas otras partidas, consulta la guía sobre prestaciones sociales y cómo se liquidan.
Fórmulas para calcular las vacaciones en Colombia
El cálculo de vacaciones usa tres fórmulas, una para cada pregunta de la nómina. Aplicar la fórmula equivocada al movimiento equivocado es la fuente más común de diferencias en el desprendible.
| Qué calculas | Fórmula | Cuándo se usa |
|---|---|---|
| Días causados | Días trabajados × 15 ÷ 360 (o días trabajados ÷ 24) | Para saber el saldo de vacaciones de cada trabajador |
| Valor de la compensación | Salario × días trabajados ÷ 720 | Para pagar en dinero días causados, durante el contrato o al retiro |
| Pago del disfrute | Salario ÷ 30 × días calendario del periodo de descanso | Cuando el trabajador sale a vacaciones |
Por qué el divisor de la fórmula de vacaciones es 720
El número 720 combina dos operaciones en una. La proporción de 15 días por cada 360 trabajados da los días causados, y el salario dividido entre 30 da el valor de cada día; al multiplicar ambas, el divisor queda en 720 (360 × 30 ÷ 15).
Para un año completo el resultado equivale a medio salario mensual: $2.000.000 × 360 ÷ 720 = $1.000.000.
Cálculo de vacaciones paso a paso con un ejemplo
El cálculo de vacaciones se ordena en cinco pasos, que conviene seguir igual para cada trabajador:
- Identifica el punto de partida: La fecha de ingreso o el cierre del último periodo de vacaciones liquidado.
- Cuenta los días computables: Los días de contrato vigente hasta la fecha de corte, menos las suspensiones legales, con meses de 30 días.
- Calcula los días causados: Días computables × 15 ÷ 360.
- Define el salario base: El salario ordinario vigente o, si es variable, el promedio del año anterior.
- Calcula el valor: Con la fórmula de compensación si se pagan en dinero, o con la del disfrute si el trabajador sale a descansar.
Ejemplo de compensación
Un trabajador con salario de $2.400.000 acumula 240 días computables sin disfrutar vacaciones. Sus días causados son 240 × 15 ÷ 360 = 10 días hábiles, y cada día vale $80.000, así que el valor es $800.000. La fórmula directa da el mismo resultado: $2.400.000 × 240 ÷ 720 = $800.000.
Ejemplo de disfrute
Una trabajadora con salario de $2.000.000 y jornada de lunes a sábado sale a disfrutar 15 días hábiles un lunes, sin festivos en el periodo. Sus 15 días hábiles ocupan 17 días de calendario, porque quedan dos domingos en medio, y la nómina le paga $66.666,67 × 17 = $1.133.333.
Los dos ejemplos dan cifras distintas porque miden cosas distintas, el primero valora días causados y el segundo paga un tramo de calendario, ese tramo depende de la jornada de cada trabajador y de los festivos del periodo.
Cómo se cuentan los días hábiles de vacaciones según la jornada
Los 15 días de vacaciones son días hábiles, es decir, los días en que el trabajador normalmente tendría que prestar el servicio. Los domingos, festivos y demás descansos que queden en medio alargan la ausencia sin descontarse del saldo.
El sábado cuenta como día hábil solo cuando forma parte de la jornada pactada, criterio que han sostenido el Ministerio del Trabajo y Función Pública (Concepto 187451 de 2016):
| Jornada habitual | ¿El sábado se descuenta? | 15 días hábiles ocupan aproximadamente |
|---|---|---|
| Lunes a viernes | No | 21 días calendario, sin festivos |
| Lunes a sábado | Sí | 17 a 18 días calendario, sin festivos |
| Turnos o descanso variable | Según el calendario real del trabajador | Depende del turno |
- Toma la fecha de inicio autorizada.
- Marca la jornada habitual del trabajador.
- Excluye domingos, festivos y días de descanso que no formen parte de su jornada.
- Cuenta 15 días hábiles, incluido el día inicial si era laborable.
- Fija el reintegro en el siguiente día en que le corresponda trabajar.
Ejemplo de fecha de regreso con los festivos del año
Dos trabajadores salen a vacaciones el lunes 14 de diciembre de 2026, uno con jornada de lunes a viernes y otro de lunes a sábado:
| Jornada | Festivos excluidos | Último día de vacaciones | Reintegro | Días calendario de ausencia |
|---|---|---|---|---|
| Lunes a viernes | 25 de diciembre y 1 de enero | Martes 5 de enero de 2027 | Miércoles 6 de enero de 2027 | 23 |
| Lunes a sábado | 25 de diciembre | Jueves 31 de diciembre de 2026 | Sábado 2 de enero de 2027 | 19 |
Cómo se pagan las vacaciones al trabajador
Durante las vacaciones el trabajador recibe el salario ordinario que devengue el día en que comienza el descanso (art. 192 del CST). El pago cubre los días de calendario del periodo, incluidos los domingos y festivos que queden en medio, y se refleja en la nómina y en el comprobante de ese periodo.
El auxilio de transporte deja de pagarse por los días de vacaciones, porque durante el descanso no hay desplazamiento al trabajo.
Sobre el momento del pago, el CST no fija para el sector privado un número general de días de anticipación. Muchas empresas pagan al inicio del descanso, y la regla aplicable es la que establezcan el contrato, la convención colectiva, el reglamento o la política interna.
Aportes a seguridad social y parafiscales sobre las vacaciones
Las vacaciones tienen tratamiento distinto en los aportes según se disfruten o se compensen en dinero. Esta es la regla que aplica la UGPP en su guía para empleadores:
| Concepto | Salud y pensión | ARL | Caja de compensación, SENA e ICBF |
|---|---|---|---|
| Vacaciones disfrutadas | Se cotiza de forma proporcional con el IBC del mes anterior al inicio del disfrute | No se cotiza por los días de vacaciones | Integran la base |
| Vacaciones compensadas durante el contrato | No integran el IBC | No integran la base | Integran la base |
| Vacaciones compensadas al terminar el contrato | No integran el IBC | No integran la base | Integran la base, aunque se paguen después de la terminación |
Base para liquidar vacaciones con salario fijo y variable
Con salario fijo, la base es el salario ordinario vigente al comenzar el disfrute. Con salario variable, el artículo 192 del CST ordena tomar el promedio de lo devengado en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se conceden las vacaciones, excluyendo el trabajo suplementario y el trabajo en días de descanso obligatorio.
| Concepto | ¿Entra en la base? | Por qué |
|---|---|---|
| Salario básico | Sí | Remunera directamente el servicio |
| Comisiones y pagos salariales variables | Sí, con el promedio del año anterior | Son salario (art. 127 del CST) |
| Recargo nocturno ordinario | Sí | Se causa dentro de la jornada pactada y es salario |
| Horas extras, incluida la extra nocturna | No | Trabajo suplementario excluido por el art. 192 |
| Trabajo en domingos y festivos | No | Trabajo en descanso obligatorio excluido por el art. 192 |
| Auxilio de transporte | No | No remunera el servicio |
| Salario integral | Sí, sobre el valor total pactado | El art. 132 del CST exceptúa las vacaciones del factor prestacional |
Un trabajador con básico de $2.000.000 recibió en el último año comisiones y recargos nocturnos ordinarios, además de horas extras. Si lo devengado en el año, sin horas extras ni trabajo dominical, suma $33.000.000, el promedio mensual es $2.750.000 y 15 días de vacaciones valen $1.375.000.
La distinción entre recargo nocturno ordinario y hora extra nocturna define cuánto sube la base. Para saber cuánto vale cada uno antes de promediarlo, revisa la tabla de horas extras y recargos con los valores vigentes.
Con salario integral, la regla del 70% corresponde al ingreso base de cotización de los aportes, así que las vacaciones se pagan aparte y sobre el total pactado.
Vacaciones compensadas en dinero y acumulación de vacaciones
Durante el contrato, el trabajador puede pedir que se le pague en dinero hasta la mitad de sus vacaciones, siempre que empleador y trabajador lo acuerden por escrito (art. 189 del CST, modificado por el artículo 20 de la Ley 1429 de 2010). La compensación nace de la solicitud del trabajador, y el empleador no puede imponerla.
Por ejemplo, una trabajadora con salario de $3.000.000 y 15 días causados pide compensar 7. Recibe 7 × $100.000 = $700.000 en dinero y disfruta los 8 días hábiles restantes como descanso.
La acumulación también tiene límites, fijados por el artículo 190 del CST:
- Mínimo anual: El trabajador debe disfrutar cada año al menos seis días hábiles continuos, que no se pueden acumular.
- Límite general: Los días restantes pueden acumularse, por acuerdo, hasta por dos años.
- Límite ampliado: Hasta cuatro años para trabajadores técnicos, especializados, de confianza, de manejo y extranjeros que trabajan lejos de la residencia de sus familiares.
Prescripción de las vacaciones no disfrutadas
La Ley 2466 de 2025, en su artículo 62, amplió a cinco años la prescripción general de los derechos laborales, contados desde que la obligación se hace exigible. En vacaciones se suma el año que tiene el empleador para concederlas, de modo que, para periodos que corren por completo bajo la regla nueva, el término llega a cerca de seis años desde la causación.
Los periodos causados o con prescripción en curso antes del 25 de junio de 2025 requieren un análisis de transición, y una reclamación escrita del trabajador puede interrumpir el término. Por eso ningún saldo antiguo debería eliminarse del sistema sin revisar primero sus fechas.
Vacaciones colectivas y anticipadas en fin de año
El empleador puede fijar vacaciones colectivas para todo el personal o para un grupo de trabajadores, práctica frecuente en diciembre y enero, debe respetar la remuneración, avisar con 15 días de anticipación (art. 187 del CST) y reconocer los días que cada trabajador ya tiene causados.
Quien no ha cumplido el año recibe vacaciones anticipadas, que se imputan al periodo que está causando y deben quedar documentadas. Si el contrato termina antes de completar esos días, la empresa no puede descontar automáticamente del salario o de la liquidación final los días anticipados no causados: ese descuento requiere base jurídica y autorización conforme a los artículos 149 y siguientes del CST.
Antes de programar unas vacaciones colectivas conviene tener lista esta información:
- Saldo por trabajador: Días causados, pendientes y anticipados que genera la programación.
- Aviso escrito: Comunicado con al menos 15 días de anticipación y fecha de inicio y reintegro.
- Jornada y festivos: Conteo de días hábiles según la jornada de cada grupo y los festivos del periodo.
- Autorización de anticipos: Acuerdo documentado sobre el tratamiento de los días no causados.
Ausencias que afectan los días de vacaciones
Los días de vacaciones se causan mientras el contrato está vigente. Por eso solo las suspensiones del contrato descuentan tiempo, según el artículo 53 del CST, y las ausencias que no suspenden el vínculo cuentan para causar vacaciones:
| Situación | ¿Descuenta días causados? | Tratamiento |
|---|---|---|
| Licencia no remunerada o suspensión válida | Sí | Se descuenta el periodo de suspensión |
| Incapacidad por enfermedad o accidente | No | No suspende el contrato (art. 51 del CST) |
| Licencia de maternidad o paternidad | No | No suspende el contrato |
| Incapacidad durante el disfrute | No | Interrumpe las vacaciones y los días pendientes se reanudan (art. 188 del CST) |
| Licencia de maternidad durante el disfrute | No | Prevalece sobre las vacaciones y los días pendientes se reanudan |
| Licencia de paternidad durante el disfrute | No | Puede interrumpirlas; si el plazo de 30 días para tomarla lo permite, conviene terminar primero las vacaciones |
Liquidación de vacaciones al terminar el contrato
Cuando termina el contrato, la empresa compensa en dinero todas las vacaciones pendientes y la fracción proporcional del periodo en curso. La Ley 995 de 2005 eliminó cualquier tiempo mínimo, así que la proporción se reconoce desde el primer día trabajado, sin importar el tipo de contrato ni la causa del retiro.
La base es el último salario devengado, si el salario era variable, se toma el promedio del último año, como ya mencionamos anteriormente. Criterio que la Corte Suprema de Justicia reiteró en la sentencia SL1659 de 2025.
Un ejemplo: un trabajador con salario de $2.400.000 tiene 4 días pendientes del periodo anterior y 150 días trabajados del periodo en curso. La fracción es 150 ÷ 24 = 6,25 días, el total llega a 10,25 días y la compensación suma 10,25 × $80.000 = $820.000.
Las vacaciones son una de las partidas de la liquidación laboral paso a paso, junto con las cesantías, sus intereses, la prima de servicios y, cuando aplica, la indemnización. La prima de servicios se liquida en esa misma fecha en proporción a los días del semestre.
Provisión de vacaciones y registro que exige la ley
Para que la compensación al retiro o el pago del disfrute no afecten la caja de un solo golpe, la empresa reserva cada mes el 4,17% del salario (15 días sobre 360, o el salario dividido entre 24). Con salario mínimo, la provisión mensual es de $72.954 por trabajador, y hace parte de las provisiones de nómina junto con la prima, las cesantías y sus intereses. El artículo 187 del CST obliga además a llevar un registro especial de vacaciones. Un registro completo por trabajador incluye:
- Fecha de ingreso y periodos anuales de causación.
- Días causados, disfrutados, compensados, acumulados y anticipados.
- Soporte de las suspensiones descontadas.
- Jornada aplicable, fechas de salida y de reintegro.
- Salario base usado y, si es variable, el cálculo del promedio.
Llevar el saldo de vacaciones en hojas de cálculo desalinea días, fechas y pagos
El saldo de vacaciones de cada trabajador depende de seis datos que cambian por separado: la fecha de ingreso, la jornada, las ausencias, los días ya disfrutados o compensados, los anticipos y el salario promedio. Cuando esos datos viven en archivos distintos, cada solicitud obliga a reconstruir la historia del trabajador a mano.
La diferencia suele aparecer en diciembre, cuando se programan vacaciones colectivas para muchos trabajadores a la vez, o en el retiro, cuando el saldo se convierte en dinero y el trabajador revisa cada día de su liquidación.
| Punto de control | Saldo en hojas de cálculo | Con Heinsohn Nómina |
|---|---|---|
| Saldo disponible por trabajador | Se recalcula a mano en cada solicitud | Se valida al registrar la solicitud en el portal |
| Solicitudes y aprobaciones | Circulan por correo o en formatos físicos | Siguen un flujo con fecha, hora y decisión registradas |
| Ausentismos e incapacidades | Se cruzan con otro registro | Se controlan dentro del mismo sistema |
| Promedio de comisiones y recargos | Se suma mes por mes | Se toma de las novedades liquidadas en cada periodo |
| Historial de salarios y contratos | Se reconstruye desde archivos sueltos | Queda en el historial de contratos |
| Comprobante para el trabajador | Se envía por correo | Queda disponible en el portal del empleado |
Errores frecuentes al calcular vacaciones
Estos ocho errores explican la mayoría de las diferencias entre lo que liquida la nómina y lo que reclama el trabajador:
- Contar 15 días calendario en lugar de 15 días hábiles.
- Descontar el sábado cuando la jornada es de lunes a viernes.
- Restar incapacidades o licencias de maternidad como si suspendieran el contrato.
- Exigir un mínimo de meses para pagar la fracción de vacaciones al retiro.
- Incluir el auxilio de transporte, las horas extras o el trabajo dominical en la base.
- Dejar por fuera las comisiones o el recargo nocturno ordinario del promedio variable.
- Usar la fórmula de 720 para pagar un periodo de disfrute.
- Compensar días en dinero sin solicitud del trabajador y sin acuerdo escrito.
Valor de las vacaciones con salario mínimo en años anteriores
Estos valores sirven para revisar liquidaciones de periodos anteriores o reclamaciones por saldos pendientes:
| Año | Salario mínimo | Norma | Valor de un día | 15 días de vacaciones |
|---|---|---|---|---|
| 2025 | $1.423.500 | Decreto 1572 de 2024 | $47.450 | $711.750 |
| 2024 | $1.300.000 | Decreto 2292 de 2023 | $43.333 | $650.000 |
| 2023 | $1.160.000 | Decreto 2613 de 2022 | $38.667 | $580.000 |
Los 15 días hábiles son la parte sencilla del cálculo de vacaciones, la exactitud depende de saber qué tiempo es computable, qué días son hábiles para cada jornada y con qué salario se paga cada movimiento, tres respuestas que la nómina tiene que dar por trabajador y por periodo.
Cuando esos cálculos se mezclan, el error se acumula en silencio durante años y aparece en el retiro, en una reclamación o en saldos que superan el límite legal de acumulación. Heinsohn Nómina lleva ausentismos, vacaciones e incapacidades en el mismo registro que liquida la nómina. ¿Quieres revisar cómo se están calculando hoy los saldos de vacaciones de tu equipo? Contáctanos ahora.
Preguntas frecuentes sobre el cálculo de vacaciones
¿Las vacaciones son días hábiles o calendario?
Son 15 días hábiles, según el artículo 186 del CST. Se cuentan los días en que el trabajador normalmente trabaja, así que los domingos, festivos y el sábado, cuando no hace parte de su jornada, alargan la ausencia sin descontarse del saldo.
¿Cuántos días de vacaciones se acumulan por mes trabajado?
Cada mes trabajado causa 1,25 días hábiles de vacaciones, resultado de dividir 15 días entre 12 meses. Para un número exacto de días se usa la fórmula días trabajados × 15 ÷ 360.
¿Se incluye el auxilio de transporte en las vacaciones?
No. El auxilio de transporte no hace parte de la base para liquidar vacaciones, porque no remunera el servicio y durante el descanso no hay desplazamiento al trabajo. La base es el salario ordinario o, si es variable, el promedio del año anterior.
¿Las horas extras se tienen en cuenta para liquidar vacaciones?
No. El artículo 192 del CST excluye de la base el trabajo suplementario, incluida la hora extra nocturna, y el trabajo en domingos y festivos. Las comisiones y el recargo nocturno ordinario sí entran en el promedio cuando el salario es variable.
¿Cuándo se deben pagar las vacaciones?
El CST no fija para el sector privado un número general de días de anticipación para pagar las vacaciones. Lo habitual es pagarlas al inicio del descanso, y la regla aplicable es la del contrato, la convención colectiva, el reglamento o la política interna de la empresa.
¿Se pueden pagar las vacaciones en dinero sin terminar el contrato?
Sí, hasta la mitad del periodo, cuando el trabajador lo solicita y ambas partes lo acuerdan por escrito (art. 189 del CST, modificado por la Ley 1429 de 2010). El resto debe disfrutarse como descanso.
¿Qué pasa con las vacaciones si el trabajador renuncia antes del año?
La empresa debe pagarle en dinero las vacaciones proporcionales al tiempo trabajado, sin importar cuántos meses lleve. La Ley 995 de 2005 eliminó el tiempo mínimo, y la fórmula es salario × días trabajados ÷ 720.
¿Cuánto tiempo se pueden acumular las vacaciones?
Hasta dos años, por acuerdo entre las partes, siempre que el trabajador disfrute cada año al menos seis días hábiles continuos. El límite sube a cuatro años para trabajadores técnicos, especializados, de confianza, de manejo y ciertos extranjeros (art. 190 del CST).
¿El empleador puede decidir cuándo salen los trabajadores a vacaciones?
Sí. El artículo 187 del CST le permite al empleador señalar la época de las vacaciones, de oficio o a petición del trabajador, dentro del año siguiente a su causación y con aviso de 15 días de anticipación. Con esa misma regla puede programar vacaciones colectivas.
¿Existe prima de vacaciones en el sector privado?
La prima de vacaciones es una figura del sector público, regulada por el Decreto Ley 1045 de 1978. En el sector privado el trabajador recibe su salario durante el descanso, y cualquier pago adicional depende de lo que la empresa pacte como beneficio extralegal.
¿Cuál es la fórmula para liquidar vacaciones?
Para compensar vacaciones en dinero se usa salario × días trabajados ÷ 720. Para pagar un periodo de disfrute se usa salario ÷ 30 × días calendario del descanso, y para saber el saldo se calcula días trabajados × 15 ÷ 360.
¿Las vacaciones hacen parte de la base de aportes parafiscales?
Sí. Las vacaciones disfrutadas y las compensadas, durante el contrato o al retiro, integran la base de caja de compensación, SENA e ICBF. En salud y pensión solo cotizan las disfrutadas, con el IBC del mes anterior, y las compensadas en dinero no integran el IBC.
