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Deducciones de nómina en Colombia 2026: Qué se le puede descontar al trabajador y cuánto

21m de lectura

Las deducciones de nómina en Colombia empiezan con un 8% del salario que se descuenta a todo trabajador para salud y pensión. En el mismo pago pueden aparecer una libranza, un préstamo de la empresa o un embargo, y la ley pone un tope a cada uno para que el trabajador siempre reciba una parte protegida de lo que gana. 

En resumen, las deducciones de nómina son lo que la empresa descuenta al trabajador antes de pagarle. Por ley se descuentan salud (4%), pensión (4%) y, según el salario, Fondo de Solidaridad y retención en la fuente. Para las libranzas y préstamos necesitan la firma del trabajador, y los embargos, la orden de un juez. 

Esta guía te mostramos qué tipos de deducciones existen, cuáles se hacen sin permiso del trabajador, cuánto se puede embargar, qué pasa cuando coinciden un embargo y una libranza, qué no se puede descontar y cómo calcularlo todo con un ejemplo. Lo actualizamos cada vez que cambian el salario mínimo y la UVT. 

Cifra de 2026 Valor Para qué sirve en las deducciones 
Salario mínimo $1.750.905 No se puede embargar, salvo por alimentos o cooperativas 
4 salarios mínimos $7.003.620 Desde aquí se paga el Fondo de Solidaridad Pensional 
UVT $52.374 Unidad para calcular la retención en la fuente 
95 UVT $4.975.530 Por debajo de esta base, ya depurada, no hay retención 

Las deducciones de nómina, también llamadas descuentos de nómina, son los valores que la empresa le resta al trabajador de lo que ganó en el periodo. Lo que ganó se llama devengado: salario, horas extras, recargos, comisiones y auxilio de transporte. La suma de todos los descuentos se llama total deducido. 

La cuenta es sencilla, devengado menos total deducido es igual al neto, que es lo que le llega al trabajador a su cuenta. Las deducciones son una de las partes de la nómina, junto con el devengado y el neto, y aparecen separadas en el desprendible de cada pago. 

Diferencia entre los descuentos del trabajador y los aportes de la empresa 

La empresa también paga seguridad social por cada trabajador, pero esos pagos salen de su bolsillo y nunca se descuentan del salario. La parte de la empresa en salud (8,5%) y en pensión (12%), la ARL, la caja de compensación, el SENA y el ICBF los asume siempre el empleador. 

Confundir las dos cosas es uno de los errores más comunes en nóminas armadas a mano, si en el desprendible del trabajador aparece un descuento por ARL o por caja de compensación, ese descuento está mal. 

Tipos de deducciones de nómina en Colombia 

Cada descuento tiene un origen, y ese origen define si hace falta el permiso del trabajador. Hay cuatro: la ley, la firma del trabajador, la orden de un juez y una sanción aplicada con el proceso que exige el Código Sustantivo del Trabajo (CST). 

Descuento De dónde sale Cuánto es ¿Necesita firma del trabajador? Norma 
Salud Ley 4% de la base de cotización No Ley 100 de 1993 
Pensión Ley 4% de la base de cotización No Ley 100 de 1993 
Fondo de Solidaridad Pensional Ley De 1% a 2%, desde 4 salarios mínimos No Ley 100 de 1993 
Retención en la fuente Ley Según la tabla en UVT, si la base pasa de 95 UVT No Art. 383 del Estatuto Tributario 
Cuota sindical Solicitud del sindicato La que fijen los estatutos o la asamblea No, si el trabajador está afiliado Art. 400 del CST 
Cooperativa o fondo de empleados Firma del trabajador La cuota pactada Sí Art. 150 del CST 
Libranza Firma del trabajador La cuota del crédito, con tope Sí Ley 1527 de 2012 
Préstamo o anticipo de la empresa Firma del trabajador Cuota y plazo por escrito Sí Art. 151 del CST 
Cuota de vivienda financiada por la empresa Firma del trabajador La pactada en el crédito Sí Art. 152 del CST 
Aportes voluntarios a pensión o AFC Decisión del trabajador El monto que elija Sí Estatuto Tributario 
Embargo Orden de un juez Hasta 20% de lo que pasa del mínimo, o hasta 50% en alimentos y cooperativas No Arts. 154 a 156 del CST 
Multa Sanción con proceso Hasta una quinta parte del salario de un día No, pero exige proceso previo Arts. 113 y 115 del CST 

Deducciones de nómina por ley que se descuentan sin firma del trabajador 

Estos descuentos se hacen cada mes aunque el trabajador no los haya pedido porque los ordena la ley. Son tres: salud y pensión, el Fondo de Solidaridad Pensional cuando el salario es alto y la retención en la fuente cuando el ingreso alcanza la tabla. 

Descuento de salud y pensión 

A todo trabajador se le descuenta 4% para salud y 4% para pensión, ese 8% se calcula sobre la base de cotización (IBC), que es el salario más los pagos que remuneran el trabajo, como horas extras, recargos y comisiones. Con el salario mínimo, el descuento es de $140.072 al mes, y los porcentajes y el valor en pesos de cada aporte están en la guía de aportes a seguridad social. 

Hay dos reglas que cambian la base, la primera: el auxilio de transporte no paga salud ni pensión, así que no se suma. La segunda: si los pagos que no son salario (bonos, auxilios, beneficios) superan el 40% de todo lo que recibe el trabajador, lo que pasa de ese 40% sí entra a la base, según el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010. Cuáles pagos cuentan está en la guía de pagos no salariales que hacen parte del IBC. 

Por regla general, los pensionados que siguen trabajando no aportan a pensión, aunque sí a salud. 

Aporte al Fondo de Solidaridad Pensional 

Quien cotiza sobre 4 salarios mínimos o más ($7.003.620 en 2026) paga un aporte extra para el Fondo de Solidaridad Pensional, que va de 1% a 2% según la base. Lo paga el trabajador, y la empresa se lo descuenta junto con la pensión. 

La tabla con los rangos y el porcentaje de cada uno está en la misma guía de aportes a seguridad social. 

Retención en la fuente sobre salarios 

La retención en la fuente es un adelanto del impuesto de renta del trabajador que la empresa descuenta y paga a la DIAN. Solo aplica cuando la base del mes, después de restar lo que la ley permite, pasa de 95 UVT ($4.975.530 en 2026). Por eso un salario de $5.000.000 o de $6.000.000 puede quedar sin retención. 

Antes de aplicar la tabla, a la base se le restan los descuentos de salud y pensión y, si el trabajador entrega los certificados, conceptos como dependientes, medicina prepagada, intereses de crédito de vivienda y aportes voluntarios a pensión o cuentas AFC. Luego se resta el 25% de renta exenta, que tiene un tope anual. La empresa puede calcularla cada mes (procedimiento 1) o con un porcentaje fijo que se recalcula en junio y diciembre (procedimiento 2). 

Fuera de estos tres descuentos, cualquier otro necesita el permiso escrito del trabajador o la orden de un juez. 

Descuentos de nómina que el trabajador autoriza por escrito 

Para que un descuento voluntario sea válido, la autorización del trabajador tiene que decir cuánto se descuenta, en cuántas cuotas, a quién se le paga, y estar firmada. Una frase general como “autorizo cualquier descuento” no sirve porque el artículo 149 del CST exige la orden del trabajador para cada caso. 

1. Libranzas y el límite del 50% del salario neto 

La libranza es un crédito que el trabajador paga con descuento directo de su nómina: la empresa descuenta la cuota y se la gira a la entidad que prestó el dinero. Para que proceda, el trabajador debe autorizarla y la entidad debe estar habilitada como operadora de libranza. 

El tope está en el numeral 5 del artículo 3 de la Ley 1527 de 2012: después de los descuentos de ley, el trabajador debe recibir al menos el 50% de su salario neto. La empresa tampoco puede cambiar por su cuenta la cuota ni el plazo que pactaron el trabajador y la entidad. 

2. Préstamos y anticipos de salario de la empresa 

La empresa puede prestarle dinero al trabajador o adelantarle salario, siempre que lo acuerden por escrito con la cuota y el plazo de pago (artículo 151 del CST). Estos préstamos y anticipos no pueden cobrar intereses, salvo los créditos de vivienda que la empresa financie (artículos 152 y 153). 

3. Cuotas sindicales, cooperativas y fondos de empleados 

Las cuotas del sindicato se descuentan cuando el sindicato lo pide a la empresa por escrito: para las cuotas ordinarias basta una comunicación firmada por el secretario y el fiscal, y para las extraordinarias se necesita copia del acta de la asamblea que las aprobó (artículo 400 del CST). Cuando el trabajador renuncia al sindicato y lo comunica por escrito, el descuento termina. 

Los aportes a cooperativas, fondos de empleados y cajas de ahorro también son descuentos permitidos (artículo 150 del CST), con la autorización del trabajador. 

4. Aportes voluntarios a pensión y cuentas AFC 

El trabajador puede pedir que le descuenten un monto adicional para su fondo de pensiones voluntarias o para una cuenta AFC, que sirve para ahorrar para vivienda. Además de ahorrar, estos aportes bajan la retención en la fuente, siempre que estén dentro de los topes que fija el Estatuto Tributario. 

5. Embargo de salario y cuánto se puede embargar 

A quien gana $5.000.000 se le pueden embargar hasta $649.819 al mes por una deuda común, como un crédito o una tarjeta. El cálculo sale de una regla sencilla, el salario mínimo no se puede embargar, y de lo que el trabajador gana por encima del mínimo solo se puede embargar la quinta parte, es decir, el 20% (artículos 154 y 155 del CST). 

Embargo máximo por deuda común = 20% × (salario − salario mínimo) 

Para hacer bien la cuenta: 

  • Se incluye todo lo que es salario: El básico, las comisiones, las horas extras y los recargos. 
  • No se incluye el auxilio de transporte, porque no es salario. 
  • No se restan antes salud, pensión, retención ni libranzas. El 20% se calcula sobre el salario completo que pasa del mínimo. 
  • Si la orden del juez dice otra base o cuantía, la empresa la cumple tal como está o le pide aclaración al juzgado, sin reinterpretarla. 

El límite cambia cuando la deuda es por alimentos (la cuota de un hijo, por ejemplo) o con una cooperativa. En esos casos el juez puede ordenar embargar hasta el 50% de cualquier salario, incluso el mínimo (artículo 156 del CST). 

Tipo de deuda Qué queda protegido Hasta cuánto se puede embargar 
Deuda común (bancos, tarjetas, comercios) El salario mínimo completo 20% de lo que el salario pasa del mínimo 
Cuota de alimentos Nada en particular Hasta 50% de cualquier salario 
Deuda con una cooperativa Nada en particular Hasta 50% de cualquier salario 

Qué pasa cuando hay un embargo y una libranza al mismo tiempo 

Cuando coinciden, el embargo y la libranza se cuentan juntos, y entre los dos no pueden pasar del 50% del neto que le queda al trabajador después de salud, pensión y retención. La orden del juez va primero, y la libranza solo se aplica hasta donde quede espacio dentro de ese 50%. Así lo exige la Ley 1527 de 2012 y lo ha señalado la Corte Constitucional para proteger lo que el trabajador necesita para vivir. 

El orden para aplicarlos es este: 

  1. Calcula los descuentos de ley: Salud, pensión y, si aplica, Fondo de Solidaridad y retención. 
  2. Calcula y aplica el embargo con el valor que ordena el juez. 
  3. Saca el 50% del neto que quedó después de los descuentos de ley. 
  4. Aplica la libranza solo hasta completar ese 50%. Si no queda espacio, la cuota se reduce o se suspende mientras dure el embargo. 

Qué no se puede descontar del salario 

Ningún descuento se puede hacer sin la firma del trabajador para ese caso puntual o sin la orden de un juez. Esa es la regla del artículo 149 del CST, y además prohíbe tocar el salario mínimo o la parte que no se puede embargar, aunque el trabajador lo autorice. Si la empresa descuenta algo sin cumplirla, tiene que devolverlo. 

Descuento Qué pasa 
Daños o pérdidas de equipos, mercancía o herramientas No se descuenta sin la firma del trabajador para ese caso o sin orden de un juez 
Faltantes de caja La misma regla: autorización para ese caso o decisión judicial 
Uniformes, herramientas o uso de instalaciones No se le cobran al trabajador por nómina 
ARL, caja de compensación, SENA, ICBF y la parte de la empresa en salud y pensión Los paga la empresa y nunca se descuentan 
Salud y pensión sobre el auxilio de transporte El auxilio no hace parte de la base 
Embargo más libranza por encima del 50% del neto La libranza se reduce o se suspende 
Multa sin reglamento ni proceso Se devuelve y expone a la empresa a un reclamo 

Una multa solo se puede poner por llegar tarde o faltar sin excusa suficiente, y no puede pasar de una quinta parte del salario de un día. Ese dinero no se lo queda la empresa, va a una cuenta para premios o regalos para los trabajadores (artículo 113 del CST). Además, la multa debe estar prevista en el reglamento interno de trabajo. 

Antes de aplicar cualquier sanción, el artículo 115 del CST, modificado por la Ley 2466 de 2025, exige avisar por escrito al trabajador qué hechos se le atribuyen, mostrarle las pruebas, darle un plazo no inferior a cinco días para defenderse y tomar una decisión explicada que pueda impugnar. Como la ley no aclara si esos cinco días son hábiles o calendario, lo prudente es dar cinco días hábiles. 

Diferencia entre no pagar un día no trabajado y poner una multa 

Cuando el trabajador falta sin excusa, la empresa no le paga ese día porque el salario se paga por el trabajo hecho. Eso sale de la liquidación del periodo y no requiere un proceso disciplinario. La multa es una sanción adicional, y solo procede con el proceso descrito arriba. 

Las incapacidades, las licencias y las vacaciones tienen sus propias reglas de pago, así que nunca se descuentan como si fueran ausencias. 

Cuánto se puede descontar del salario como máximo 

No hay un solo porcentaje máximo para todos los descuentos juntos, cada tipo tiene su tope, y la empresa debe revisar todos los que coinciden en el mismo pago. 

Descuento Tope Valor de referencia en 2026 Norma 
Cualquier descuento por deuda común No puede tocar el salario mínimo $1.750.905 protegidos Arts. 149 y 154 del CST 
Embargo por deuda común 20% de lo que el salario pasa del mínimo $649.819 con salario de $5.000.000 Art. 155 del CST 
Embargo por alimentos o cooperativas 50% de cualquier salario $875.453 con salario mínimo Art. 156 del CST 
Embargo más libranza 50% del neto después de descuentos de ley $2.300.000 con salario de $5.000.000 Ley 1527 de 2012, art. 3 
Multa Una quinta parte del salario de un día $11.673 con salario mínimo Art. 113 del CST 

Cómo calcular las deducciones de nómina paso a paso 

Para calcular las deducciones de una nómina y sacar el total deducido, sigue siempre este orden: 

  1. Suma lo que ganó el trabajador: Salario, horas extras, recargos, comisiones y auxilio de transporte si le corresponde. 
  2. Calcula salud y pensión: 4% y 4% sobre la base de cotización, sin el auxilio de transporte. Si la base llega a 4 salarios mínimos, suma el Fondo de Solidaridad. 
  3. Revisa la retención en la fuente: Resta lo que la ley permite y compara la base con 95 UVT. 
  4. Aplica los embargos: Con el valor que ordena el juez y el tope que corresponda. 
  5. Aplica libranzas, préstamos y demás descuentos autorizados: Revisa que embargo y libranza no pasen del 50% del neto. 
  6. Saca el total deducido y el neto: Suma todos los descuentos y réstalos de lo que ganó el trabajador. 

El cálculo completo del mes, con aportes de la empresa y provisiones, está en la guía de liquidación de nómina paso a paso, y la forma de presentarle todo esto al trabajador está en la guía sobre el desprendible de nómina. 

Ejemplo de deducciones de nómina con embargo y libranza 

Un trabajador gana $5.000.000 al mes y tiene un embargo por una deuda común y una libranza. No recibe auxilio de transporte (gana más de 2 salarios mínimos), no paga Fondo de Solidaridad (gana menos de 4) y no tiene retención, porque su base, después de restar salud, pensión y el 25% de renta exenta, queda en unos $3.450.000, por debajo de 95 UVT. 

Concepto Cálculo Resultado 
Salario mensual  $5.000.000 
Salud del trabajador 4% $200.000 
Pensión del trabajador 4% $200.000 
Neto después de descuentos de ley $5.000.000 − $400.000 $4.600.000 
Lo que el salario pasa del mínimo $5.000.000 − $1.750.905 $3.249.095 
Embargo por deuda común (máximo) $3.249.095 × 20% $649.819 
Tope conjunto de embargo y libranza $4.600.000 × 50% $2.300.000 
Libranza máxima que se puede aplicar $2.300.000 − $649.819 $1.650.181 
Total deducido $400.000 + $649.819 + $1.650.181 $2.700.000 
Neto que recibe el trabajador $5.000.000 − $2.700.000 $2.300.000 

Si la cuota pactada de la libranza fuera de $1.800.000, la empresa solo podría descontar $1.650.181 mientras exista el embargo, y debería informarlo al trabajador y a la entidad de la libranza. 

Deducciones de nómina de aprendices, salario integral, pensionados y contratistas 

Las reglas generales cambian en algunos casos, y conviene tenerlos identificados en la nómina. 

Caso Qué cambia en los descuentos Norma 
Aprendiz en etapa de estudio No se le descuenta salud ni pensión: la empresa paga completas la salud y la ARL Ley 2466 de 2025, art. 21 
Aprendiz en etapa práctica Se le descuenta salud y pensión como a cualquier empleado, sobre una base de un salario mínimo Decreto 223 de 2026 
Salario integral Salud y pensión se calculan sobre el 70% del salario Ley 100 de 1993 
Pensionado que sigue trabajando Por regla general, no aporta a pensión, sí a salud Ley 100 de 1993 
Trabajador de tiempo parcial que gana menos del mínimo Puede cotizar a pensión por semanas, con la misma división de 12% y 4% Decreto 2616 de 2013 
Contratista por prestación de servicios No tiene nómina ni deducciones laborales: paga sus propios aportes Ley 100 de 1993 

Los porcentajes de las deducciones de ley no cambiaron en 2026. Lo que se movió fue lo siguiente: 

  1. Nuevas cifras: El salario mínimo quedó en $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025, vigente) y la UVT en $52.374. Con ellas cambian el valor que no se puede embargar, el umbral del Fondo de Solidaridad y el de la retención. 
  2. Multas y sanciones: Desde la Ley 2466 de 2025, toda sanción exige aviso escrito, pruebas, un plazo de defensa no inferior a cinco días y una decisión que se pueda impugnar. 
  3. Aprendices: En la etapa práctica cotizan como cualquier empleado sobre un salario mínimo (Decreto 223 de 2026). 
  4. Fondo de Solidaridad desde abril de 2027: Con la reforma pensional, desde el 1 de abril de 2027 los porcentajes del Fondo de Solidaridad suben a rangos de 1,5% a 3%, salvo nuevas decisiones. Hasta el 31 de marzo de 2027 se sigue aplicando la tabla actual. El detalle está en la guía de aportes a seguridad social. 

Errores frecuentes al aplicar deducciones de nómina 

Casi todos los errores con deducciones terminan igual: el trabajador reclama, la empresa devuelve lo descontado de más y, según el artículo 149 del CST, responde por los perjuicios que haya causado. Estos son los más repetidos: 

  • Calcular salud y pensión sobre una base equivocada, sin sumar los pagos no salariales que pasan del 40% o sumando el auxilio de transporte. 
  • Descontarle la ARL al trabajador, cuando la paga completa la empresa. 
  • Calcular el embargo sobre el neto en lugar del salario completo, lo que deja al juzgado con menos de lo ordenado. 
  • Aplicar la libranza completa cuando ya hay un embargo, y dejar al trabajador con menos del 50% de su neto. 
  • Descontar una multa sin proceso o un daño sin la firma del trabajador para ese caso. 
  • Calcular la retención con certificados del año anterior, lo que cobra de más o de menos todo el año. 

El riesgo crece cuando cada descuento vive en una hoja de cálculo distinta y nadie ve la suma completa antes de pagar. 

Cada descuento llega por un camino distinto, la entidad de la libranza envía su listado, el juzgado envía un oficio, el sindicato una comunicación y tesorería registra los préstamos. Si cada uno se maneja en un archivo aparte, el cálculo del 50% se hace al final, cuando ya se cruzaron los datos, y es ahí donde aparecen los descuentos de más y los reclamos. 

Proceso Con hojas de cálculo Con Heinsohn Nómina 
Préstamos y embargos Cada uno en su archivo Control de préstamos, aportes y embargos en la misma nómina 
Retención en la fuente Deducibles que se actualizan a mano Actualización de deducibles tributarios y cálculo automático del porcentaje fijo 
Seguridad social Se liquida aparte de la nómina Liquidación de seguridad social y pagos a terceros 
Certificados Se arman uno por uno en marzo Certificados de ingresos y retenciones 
Desprendibles Se envían en archivos sueltos Desprendibles y portal del empleado 
Revisión de la UGPP Se reconstruye todo cuando llega el requerimiento Informes UGPP y software avalado por la UGPP 

Checklist para revisar las deducciones antes de pagar la nómina 

  1. Cierra las novedades del periodo: ingresos, retiros, ausencias, incapacidades, vacaciones y horas extras. 
  2. Clasifica cada pago como salarial o no salarial, por lo que remunera y no por su nombre. 
  3. Arma la base de salud y pensión sin el auxilio de transporte y con el exceso del 40%, si lo hay. 
  4. Calcula salud, pensión y Fondo de Solidaridad. 
  5. Revisa la retención con los certificados del año en curso. 
  6. Confirma que cada descuento voluntario tenga cuota, plazo, beneficiario y firma. 
  7. Verifica que cada embargo esté vigente y aplica el porcentaje que ordena el juez. 
  8. Comprueba que embargo y libranza juntos no pasen del 50% del neto. 
  9. Revisa que toda multa tenga reglamento, proceso y decisión escrita. 
  10. Entrega el desprendible con devengado, deducciones y neto separados. 

Las deducciones de nómina bien aplicadas protegen al trabajador y a la empresa 

Cada descuento de la nómina tiene un origen, alguien que lo autoriza y un tope. Cuando la empresa los aplica en el orden correcto, el trabajador recibe la parte que la ley le protege y la empresa cumple con los juzgados, las entidades de libranza y la DIAN. 

Cuando se aplican a mano y por separado, los errores se descubren tarde. Nuestro software de nómina lleva los descuentos de cada trabajador en el mismo lugar donde se liquida su salario. ¿Tienes la certeza de que ningún trabajador de tu empresa recibe hoy menos de lo que la ley le protege?  


Preguntas frecuentes sobre deducciones de nómina 


¿Cuáles son las deducciones de una nómina? 

Salud (4%), pensión (4%), Fondo de Solidaridad Pensional desde 4 salarios mínimos y retención en la fuente cuando el ingreso alcanza la tabla, que son las de ley. Además pueden aparecer libranzas, préstamos, cuotas sindicales, cooperativas, aportes voluntarios, embargos y multas, cada uno con su requisito y su tope. 

¿Qué son las deducciones en nómina? 

Son los valores que la empresa resta de lo que ganó el trabajador en el periodo. Lo que queda después de restarlos es el neto, que es lo que le llega a su cuenta. 

¿Cuánto son las deducciones de nómina en 2026? 

Las de ley suman 8% del salario: 4% para salud y 4% para pensión. Con el salario mínimo son $140.072 al mes. Quien gana desde 4 salarios mínimos paga entre 1% y 2% más para el Fondo de Solidaridad, y la retención depende del ingreso. 

¿Qué son las deducciones y un ejemplo? 

Son los descuentos que se le hacen al salario. Por ejemplo, a quien gana $5.000.000 se le descuentan $200.000 de salud y $200.000 de pensión, y si tiene un embargo por una deuda común se le pueden embargar hasta $649.819 más. 

¿Cuánto se puede descontar del salario en Colombia? 

Depende del descuento. El salario mínimo no se puede tocar por deudas comunes, el embargo común llega hasta el 20% de lo que el salario pasa del mínimo, y el embargo más la libranza no pueden pasar del 50% del neto. Por alimentos o cooperativas el embargo puede llegar al 50% de cualquier salario. 

¿Me pueden descontar del sueldo por errores o daños? 

Solo si el trabajador lo autoriza por escrito para ese caso puntual o si lo ordena un juez. Una autorización general firmada al entrar a la empresa no basta, y en ningún caso el descuento puede tocar el salario mínimo. 

¿La salud y la pensión se descuentan del total devengado? 

Se descuentan de la base de cotización, que incluye el salario y los pagos que remuneran el trabajo, como horas extras y recargos. El auxilio de transporte no hace parte de esa base, así que sobre él no se descuenta salud ni pensión. 

¿Se puede embargar el salario mínimo? 

Por una deuda común, no. Solo por cuotas de alimentos o deudas con cooperativas, casos en los que el juez puede ordenar embargar hasta el 50% de cualquier salario, incluido el mínimo. 

¿Qué pasa si tengo un embargo y una libranza al mismo tiempo? 

Se cuentan juntos y no pueden pasar del 50% del neto que queda después de salud, pensión y retención. Primero se aplica el embargo, y la libranza se descuenta solo hasta completar ese tope; si no queda espacio, se reduce o se suspende. 

¿Qué es el total deducido en una nómina? 

Es la suma de todos los descuentos del periodo: los de ley, los autorizados por el trabajador y los embargos. Al restarlo de lo que ganó el trabajador se obtiene el neto a pagar.